Carta de Porte, suficiente prueba de entrega para cobrar fletes
Es común que las empresas de logística, tales como agentes o intermediarios de carga soliciten a sus autotransportistas que los apoyen en su operación con las cadenas de autoservicio o clientes corporativos.
El apoyo más común es cuando les piden a los autotransportistas que al entregar las mercancías recaben firmas o sellos de diferentes formatos independientemente de la firma o sellos de recibido en la Carta de Porte.
Aunque algunos autotransportistas dan este servicio con un costo adicional y algunos otros no, lo importante es recalcar que mientras no exista un contrato entre el autotransportista y el intermediario de carga, la Carta de Porte es el contrato (de adhesión) que rige, así como la prueba de entrega de cada flete.
Cuando su cliente no le pague sus fletes argumentando que su empresa no le ha entregado las pruebas de entrega adicionales a la Carta de Porte, y no hayan celebrado un contrato en el cual condicionen el pago del flete contra la recepción de pruebas de entrega, explíquele que la Carta de Porte es suficiente prueba de entrega y que legalmente su empresa no puede detener los pagos, ya que dicho argumento no es válido.
Tenga mucho cuidado, ya que en la mayoría de los casos son sólo una excusa para dilatar sus pagos o en algunos de los casos, realizar un fraude.
Si no había negociado un contrato y después de realizar algunos fletes le informan que no le pueden pagar por la falta de las pruebas de entrega antes mencionadas, tome acción de inmediato y contrate a una agencia de cobranza o abogado especializado en el cobro de fletes ya que, sin duda alguna, su cliente está actuando de mala fe.
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*El autor (Sal Bañuelos) es Presidente de la agencia de cobranza y factoraje de cuentas por cobrar AFS International. Web: fletesycobranza.com y factorajeenlinea.com