Glosario de transporte marítimo
ACTIVIDAD COMERCIAL
Cuando las instalaciones portuarias se dediquen, preponderantemente, al manejo de mercancías en tráfico marítimo.
ACTIVIDAD PESQUERA
Cuando las instalaciones portuarias se dediquen, preponderantemente, al manejo de embarcaciones y productos específicos de la captura y del proceso de la industria pesquera.
ACTIVIDAD PETROLERA
Cuando las instalaciones portuarias y marítimas, se dediquen, preponderantemente, al manejo de productos relacionados con la industria petrolera.
ACTIVIDAD TURÍSTICA
Cuando las instalaciones se dediquen, preponderantemente, a la atención de cruceros turísticos, pasajeros, yates y actividades acuáticas-recreativas
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL (API)
Sociedad Mercantil quien, mediante concesión para el uso, aprovechamiento explotación de un conjunto de puertos, terminales e instalaciones, se encarga de la planeación, programación, operación y administración de los bienes y la prestación de los servicios respectivos.
ADUANAS
Son los lugares autorizados para la entrada o la salida del territorio nacional de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen.
AGENTE ADUANAL
Es la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros.
ALTURA
Cuando se atienden embarcaciones, personas y bienes en navegación entre puertos, terminales o marinas nacionales con puertos en el extranjero.
ARQUEO BRUTO O TONELAJE DE REGISTRO BRUTO (TRB)
Es el volumen total de todos los espacios cerrados de un buque (sin incluir los tanques de lastre), expresado en toneladas Moorson. Se utiliza para el cálculo de pagos de derechos, cuotas, pilotaje, peajes, etcétera.
ARRIBO
Llegada de la embarcación a un puerto para cargar o descargar, o para evitar algún peligro.
ATRAQUE
Cobro al usuario por cada metro de eslora total por hora o fracción, a las embarcaciones que permanezcan atracadas, abarloadas, arrejeradas o acoderadas, de manera directa o indirecta al muelle.
AUTORIDAD ADUANERA
Es la autoridad competente que, conforme a la legislación interna de una parte, es responsable de la administración de sus leyes y reglamentaciones aduaneras.
CABOTAJE
Cuando sólo se atienden embarcaciones, personas y bienes en navegación entre puertos, terminales y marinas nacionales.
CARGA CONTENERIZADA
Carga manejada en contenedores que se intercambian entre los modos de transporte.
CARGA GENERAL UNITIZADA
Es la agrupación de un determinado número de artículos para formar una unidad de embarque par facilitar su manejo. Por ejemplo pallets (tarimas), contenedores y vehículos.
CARGA GENERAL, FRACCIONADA O SUELTA
Es la carga que se maneja en sacos, cajas, bultos, pacas, piezas, maquinaria, etc.
CARGA TOTAL POR PUERTO
Es la suma de la carga en tráfico de altura y cabotaje que se mueve por el puerto.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Es la clasificación de las mercancías objeto de la operación de comercio exterior que deben presentar los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales, previamente a la operación de comercio exterior que pretendan realizar.
CONCESIÓN
Titulo que otorga la Secretaría para la explotación, uso y aprovechamiento de bienes del domino público en los puertos, terminales y marinas, así como para la construcción de obras en los mismos.
CONTENEDOR
Caja prismática de sección cuadrada o rectangular, destinada a transportar y almacenar cantidades máximas de todo tipo de productos y embalajes, que encierra y protege los contenidos de pérdidas y daños, que puede ser conducido por cualquier medio de transporte, manejado como “unidad de carga” y trasladada sin remanipulación del contenido. Las dimensiones del contenedor con uso más extensivo son 8 x 8 x 20 pies y de 8 x 8 x 40 pies.
DECLARACIÓN
Es la obligación que tienen los LITORIAL: Relativo a las riveras del mar. Costa u orillas del mar.
LEY
En el caso de administración portuarias integrales, sólo se otorga a sociedades mercantiles mexicanas, Fuera de los áreas concesionadas a una administración portuaria integral, se otorga a ciudadanos y o personas morales mexicanos.
MARINA
El conjunto de instalaciones portuarias y sus zonas de agua y tierra, asó como la organización especializada en la prestación de servicios a embarcaciones de recreo yo deportivas. Milla Náutica: Una longitud a 1.852 metros o 6.080 pies.
MOVIMIENTO DE EXPORTACIÓN
Es la cantidad de carga que se mueve por un puerto nacional con destino a un puerto del extranjero
MOVIMIENTO DE IMPORTACIÓN
Es la cantidad de carga que mueve por un puerto nacional procedente de un puerto del extranjero
MUELLAJE
Cuota al usuario por tonelada o fracción de bienes o mercancías que se cargue o descargue en los muelles del recinto portuario.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM)
Es una regulación técnica de observancia obligatoria, expedida por las dependencias competentes, con una multiplicidad de finalidades, cuyo contenido debe reunir ciertos requisitos y seguir el procedimiento legal.
PEDIMENTO
Solicitud oficial que expide la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para permitir la importación y exportación de mercancías a las personas físicas y morales que cumplan con la Ley Aduanera.
PEDIMENTO CONSOLIDADO
Documento de solicitud oficial que ampara diversas operaciones de un solo exportador.
PUERTO
El lugar de la costa o ribera habilitado como tal por el Ejecutivo Federal para la recepción, abrigo y atención de embarcaciones, compuesto por el recinto portuario y, en su caso, por la zona de desarrollo, asó como por accesos y áreas de uso común para la navegación interna y afectas a su funcionamiento, con servicios, terminales e instalaciones, públicas y particulares, para la transferencia de bienes y trasbordo de personas entre los modos de transporte que enlaza.
PUERTO FIJO
Cobro al usuario por cada embarcación comercial de 500 o más unidades, de arqueo bruto o de 45 o más metros de eslora total, que ingresen o hagan uso del recinto portuario.
PUERTO VARIABLE
Cobra al usuario por unidad de arqueo bruto o fracción, que tenga registrada la embarcación comercial de 500 o más unidades de arqueo bruto o de 45 o más metros de eslora que ingresa o haga uso del recinto portuario.
RECINTO PORTUARIO
La zona federal delimitada y determinada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y por la de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca en los puertos, terminales y marinas, que comprende las áreas de agua y terrenos de dominio público destinados al establecimiento de instalaciones y a la prestación de servicios portuarios.
RECINTOS FISCALES
Son aquellos lugares donde se encuentran las mercancías de comercio exterior controladas directamente por las autoridades aduaneras y en donde se da el manejo, almacenaje y custodia de dichas mercancías por las autoridades.
SERVICIO DE LÍNEA
Es el servicio regular de transporte de mercancías con barcos sujetos a itinerarios previamente determinados entre puertos que se tocan a intervalos periódicos y tiene tarifas de flete predeterminados.
TARA DEL CONTENEDOR
Peso del recipiente vacío, cuyo valor es de 2.1 toneladas para contenedor de 20 pies y de 3.5 toneladas para contenedor de 40 pies.
TARIFA
Conjunto de precios que la administración portuaria, operadores y prestadores de servicios aplican a los usuarios de las instalaciones y de los servicios portuarios y marítimos, que incluye las definiciones de los conceptos involucrados, las reglas de aplicación y la regulación portuaria.
TERMINAL
La unidad establecida en un puerto o fuera de él, formada por obras, instalaciones y superficies, incluida su zona de agua, que permite la realización íntegra de la operación portuaria a la que se destina.
TEU
Unidad equivalente a un contenedor de 20 pies de largo. Siglas del término de inglés “Twenty Equivalent Unit”.
TIPO DE CARGA
Agrupación de las mercancías que se mueven por los puertos conforme a su forma y características físicas.
TRÁFICO DE ALTURA
Es la cantidad de carga que se mueve por los puertos nacionales con origen o destino en puertos del extranjero.
TRÁFICO DE CABOTAJE
También conocido como tráfico costero es el volumen de carga que se mueve entre los puertos nacionales
TRÁFICO PORTUARIO
Es la cantidad de carga transportada por las embarcaciones y que se mueve a través de un puerto.
TRASBORDO
Traslado de mercancías efectuado bajo control aduanero de una misma aduana, desde una unidad de transporte a otra, o a la misma en distinto viaje, incluida su descarga a tierra, con el objeto de que continúe hasta su lugar de destino.
TRÁNSITO
Paso de mercancías extranjeras a través del país cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras. Igualmente se considera como tránsito de mercancías el envío de mercancías extranjeras al exterior que se hubieren descargado por error u otras causas calificadas en las zonas primarias o lugares habilitados, con la condición de que no hayan salido de dichos recintos y que su llegada al país y su posterior envío al exterior se efectúe por vía marítima o aérea.
TRÁNSITO ADUANERO
Régimen aduanero bajo el cual las mercancías sujetas a control aduanero son transportadas de una aduana a otra.
TRANSPORTE INTERNACIONAL
El tráfico de naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, de carga o de pasajeros hacia o desde el exterior.
TRANSPORTE INTERNO
Transporte de personas embarcadas o de mercancías cargadas en un lugar situado dentro del territorio nacional para ser desembarcadas o descargadas en un lugar situado dentro del mismo territorio nacional.
TRANSPORTISTAS
Persona que transporta efectivamente las mercancías o que tienen el mando o la responsabilidad del medio de transporte.
VALOR CIF
Cláusula de compraventa que incluye el valor de las mercancías en el país de origen, el flete y seguro hasta el punto de destino.
VALOR DECLARADO
Valor con fines aduaneros de las mercaderías contenidas en un envío que están sometidas a un mismo régimen aduanero y clasificadas en una misma posición arancelaria.
VALOR FOB
Cláusula de compraventa que considera el valor de la mercancía puesta a bordo del vehículo en el país de procedencia, excluyendo seguro y flete.
ZONA DE INFLUENCIA
También conocida como hinterland, es la zona terrestre atrás del puerto en la cual se consumen, producen, o transforman los productos que se mueven a través del puerto.
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