Prorroga del Complemento Carta Porte para operaciones de comercio exterior
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgó este viernes una prórroga para la exigencia de la presentación del complemento Carta Porte hasta el 31 de marzo de 2022, únicamente para las operaciones de comercio exterior, de acuerdo con las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la siguiente liga https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639315&fecha=24/12/2021
“Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g); y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 31 de marzo de 2022”, de acuerdo con el transitorio primero, fracción II del documento.
Las Reglas Generales de Comercio Exterior regulan las actividades que exportadores e importadores, y agentes aduanales- pueden y deben realizar para dar cumplimiento a la disposición del del complemento Carta Porte.
El SAT ha especificado que la expedición del complemento Carta Porte por cada CFDI (de tipo Ingreso o Traslado) se realizará sólo si las mercancías transitan por tramos o vías de jurisdicción federal –ya sea terrestre, aéreo o marítimo-, eliminando los tramos locales (al interior de las ciudades).
Atención a los importadores;
Ofrecemos la facilidad de introducir al país mercancías extranjeras al territorio nacional, sin previo pago de impuestos y derechos de importación, ya que estamos autorizados y facultados por SHCP.
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