Prohibición del doble remolque, entre intereses y desconocimiento
Hace unas semanas en el senado, Ricardo Monreal Ávila, del Partido Morena, presentó en la Gaceta Parlamentaria una iniciativa de reforma para prohibir la circulación de camiones de doble remolque en autopistas y carreteras federales.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Comunicaciones y Transporte, que preside el senador Higinio Martínez Miranda (también de Morena), para su revisión.
Estos días serán cruciales ya que, tras el foro de discusión donde se reiteró la falta de mayor información sobre el tema, la Comisión presentará un dictamen al Pleno.
La resolución definitiva aún no llega, pero analistas temen que las comisiones dictaminadoras tomen una decisión presionadas más por los grupos interesados en el tema, que por un análisis a profundidad.
¿Qué tipo de análisis se necesitan? Datos reales sobre incumplimiento normativo, índices de accidentes y datos técnicos sobre las unidades.
“Los legisladores defienden posiciones desde su espacio y perspectiva, pero también desde su actividad empresarial”, sostuvo la senadora Gabriela Benavides Cobos, del Partido Verde Ecologista.
Datos de la ONU revelan que 28,000 accidentes son originados por camiones de doble remolque (fulles). A diferencia de México, otros países permiten la circulación de este tipo de unidades, pero con ciertas restricciones.
Por ejemplo, no se puede tener una carga mayor a 40 toneladas y únicamente les está permitido circular en carreteras rectas y planas.
Prohibición podría ser contraproducente
Organizaciones transportistas se muestran preocupados por la posible prohibición ya que, argumentan, esto elevaría en más de 30% los accidentes viales.
“La obsolescencia de la flota es lo que golpea a la seguridad vial. No a la prohibición, sí a la regulación del doble remolque”, planteó Enrique González, presidente de CANACAR.
De acuerdo con la ANPACT, la limitante para una u otra configuración no son los tractocamiones, ya que para decidir sobre la pertinencia o no de una configuración, se debe considerar tipo de carga, entorno y vocación del vehículo.
La misma asociación advierte que la inversión para reemplazar todas las unidades sería de más de 10,000 millones de dólares, esto encarecería el costo del transporte y afectaría directamente a los consumidores finales.
Expertos en movilidad señalan la obligación de hacer ajustes al marco legal para que exista una corresponsabilidad de los dueños de la carga, el transportista y el operador en relación a los accidentes y las infracciones.
Se estima que actualmente circulan 70,000 fulles en todo el país.
Según la norma, las unidades doblemente articuladas deben cumplir con:
a) La velocidad máxima de 80 km/h, o la que se indique en el señalamiento, cuando ésta sea menor.
b) Circular confinado al carril de la extrema derecha, excepto en rebase.
c) Luces encendidas permanentemente mediante el sistema electrónico instalado en el vehículo.
d) Circular con un mínimo de 100 metros de separación respecto de otros vehículos pesados, así como conservar la distancia de seguridad que le garantice su detención oportuna.
e) La unidad debe contar con dispositivo regulador de velocidad.