Hay un nuevo requisito para carga marítima a China
La naviera Maersk Line recordó mediante un comunicado a sus clientes los cambios sobre la información del manifiesto anticipado en China, mismos que serán efectivos a partir del 1 de junio del 2018, derivado de una notificación previa del 6 de febrero realizada por la autoridad aduanera de aquel país, No. 56 [2017].
Estos cambios consisten en lo siguiente:
• El cumplimiento de la presentación del manifiesto adelantado. Información completa y precisa sobre el contenido de la carga con destino final China. El manifiesto debe de ser enviado, de manera electrónica, 24 horas previas a la carga de los contenedores que viajen a/vía China.
• El manifiesto debe de reflejar la información exacta y precisa sobre los bienes declarados bajo el conocimiento de embarque.
• Dentro de los datos solicitados a declarar son: Información de embarcador y consignatario, así como el código de la empresa y contacto telefónico.
En este siguiente link encontrará la orden No. 56 (2017) publicada en el sitio oficial de las autoridades aduaneras de China (en su idioma original).
Con el fin de cumplir con esta nueva regulación, Maersk Line comenzará con el envío del manifiesto original anticipado para carga entrante a China para la mercancía con fecha de carga del 1 de junio del 2018.
Por lo tanto, Maersk Line deberá recibir la información requerida a través de las instrucciones de embarque antes de la fecha límite de corte. Los cierres de documentación pueden ser encontrados en el portal web de la naviera o con su representante.
La información requerida, según la empresa, para poder cumplir con esta nueva regulación, debe de ser proporcionada por la parte que esté documentando el embarque y es la siguiente:
1. Código de empresa del embarcador * (obligatorio).
2. Número de teléfono del embarcador (obligatorio).
3. Estado del operador económico autorizado del embarcador (OEA) (opcional).
4. Nombre de la empresa del consignatario (obligatorio).
5. Código de empresa del consignatario * (obligatorio si el consignatario no está “a la orden”).
6. Número de teléfono del consignatario (obligatorio si el consignatario no está “a la orden”).
7. Nombre de la persona de contacto para el consignatario (obligatorio si el consignatario no está “a la orden”).
8. Número de teléfono de la persona de contacto para el consignatario (obligatorio si el destinatario no está “a la orden”).
9. Estado del operador económico autorizado de consignatario (OEA) (opcional).
10. Código de la empresa de la parte notificada (obligatorio si el destinatario está “a la orden”).
11. Número de teléfono de la parte notificada (obligatorio si el destinatario está “a la orden”).
Asimismo, se deberá incluir el código identificador del embarcador, RFC o CIK.
Fuente T21