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Este es el Nuevo Reglamento de Grúas, Arrastres y Corralones

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación este 3 de mayo el decreto el Reglamento de los Servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos. 

El Reglamento de Grúas busca regular la operación y el otorgamiento de los permisos y las placas metálicas para proporcionar los servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos.

Este instrumento le dará certeza jurídica a la prestación del servicio, estableciendo tarifas justas, para ello estamos elaborando junto con el sector privado el aplicativo tecnológico Sistema Informático de Registro de Servicios. El reglamento también determinará responsabilidades específicas de los prestadores de servicio y las sanciones ante el incumplimiento”

Jorge Nuño Secretario de la SICT

Para descargar el Nuevo reglamento de Grúas haz clic aquí https://transporte.mx/wp-content/uploads/2023/05/7a99db25-d4bb-4d25-978e-c95a7fbc544c.pdf

Reglamento de Grúas será aplicado por la GN

El decreto publicado este 3 de mayo, precisa que la SICT y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a través de la Guardia Nacional, como las autoridades encargadas de la aplicación del reglamento.

A partir de este jueves 4 de mayo, quienes prestan los servicios de grúas y de corralón o salvamento deberán cumplir con el reglamento de 90 artículos y que busca que bajen los abusos de las grúas y los corralones, los cuales cobran cifras estratosféricas.

El Reglamento de Grúas delinea los puntos para obtener los permisos para prestar los servicios, así como los trámites a seguir y su alcance.

El Reglamento que entra en vigor este 4 de mayo estipula en su Artículo 62 que Tabuladores de los servicios auxiliares, en su fracción I especifica la base de tarifas para el cobro de maniobras, la fracción II define los montos de prestación del servicio de salvamento dentro del camino, mientras que en la fracción III se estipula la prestación del servicio de salvamento fuera del camino y de grúas industriales.

En el caso de los servicios de depósito de vehículos se plantea en la fracción IV. 

El artículo 50 del Reglamento plantea las tarifas autorizadas, misma que todos los actores involucrados están obligados a respetar y sujetarse en todo momento a las tarifas autorizadas establecidas en el tabulador de servicios que forma parte de este reglamento.

Este reglamento vigente desde este 4 de mayo, abroga la Base Tarifaria de los Servicios de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos en el Autotransporte Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2017.

Establece reglas precisas para el control de entradas y salidas del depósito, así como la responsabilidad del permisionario sobre la conservación, cuidado y manejo de los vehículos. 

Indica la obligatoriedad de ingresar la información sobre las unidades en el Sistema Informático de Registro de Servicios (SIRSE), el cual también estará integrado por una base tarifaria de cobro.