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¿Qué documentos y permisos se necesitan para transportar materiales peligrosos?

Esto es lo que se necesita si deseas establecer una empresa de transporte de materiales peligrosos.

El transporte de materiales y/o residuos peligrosos conlleva una enorme responsabilidad. De acuerdo con la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), en México hay más de 100 mil unidades de transporte que llevan materiales peligrosos como carga.

Además de un correcto funcionamiento, toda compañía debe estar comprometida con la conservación y recuperación de los recursos naturales, mediante la minimización de los impactos y riesgos a la salud y al medio ambiente, a través de la prevención y gestión integral de los residuos.

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En México hay más de 100 mil unidades de transporte que llevan materiales peligrosos como carga.

Existe una normatividad que dicta que, en caso de transportar materiales como gases o químicos, es necesario que la unidad exhiba una etiqueta con un código de color que indica el tipo de contenido que lleva.

¿Qué materiales se consideran peligrosos?

En diciembre de 2023, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y la Secretaría de Marina, publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023, que establece el listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas).

Algunos de ellos son:

-Traslado de gases

-refrigerantes

-combustibles

-líquidos flamables

-sustancias tóxicas

-pinturas  

-esmaltes

La verificación del cumplimiento de la NOM-002 está a cargo de la SICT, a través de las Direcciones Generales con injerencia, así como las Agencias Federales de Aviación Civil y del Transporte Ferroviario. Si deseas conocer el listado completo de substancias y materiales peligrosos de la NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023, da click aquí.

¿Qué documentos se necesitan para tramitar el permiso ante SICT y así prestar el servicio de carga especializada de materiales y residuos peligrosos?

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La verificación del cumplimiento de la NOM-002 está a cargo de la SICT.

-Pre-registro en caso de trámite presencial o solicitud con e.firma para el trámite en línea

-Documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El alta o modificación deberá señalar como actividad principal el servicio de autotransporte federal de carga especializada de materiales, residuos, remanentes o desechos peligrosos

-Registro de la empresa ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y acta constitutiva o, en el caso de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), representación gráfica (constancia) del contrato social o acto constitutivo electrónico, en el caso de servicio público federal en el objeto social deberá constar como actividad principal la prestación del servicio de autotransporte federal de carga especializada para la transportación de materiales, residuos, remanentes y/o desechos peligrosos, y boleta de inscripción en el Registro Público de Comercio emitidas por el Sistema electrónico de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

-Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses (pagos de servicio de telefonía local, agua, luz o predial)

-Acreditar la propiedad o legal posesión del vehículo, mediante factura, carta factura vigente o contrato de arrendamiento vigente

-Declaración de características del vehículo

UPDATE Nueva regulacion para el transporte de materiales y residuos peligrosos SITIO

-Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por un mínimo equivalente a 19,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), por vehículo

-Póliza de daños ecológicos por un mínimo de 900 mil pesos por cada unidad motriz

-Certificado de baja emisión de contaminantes vigente del último periodo o constancia de exención

-Dictamen de condiciones físico-mecánicas sólo vehículos con antigüedad mayor a dos años y con antecedente de haber prestado el servicio público federal o constancia de exención

-En el caso de unidades de procedencia extranjera, documento mediante el cual se acredite su legal importación

-Listado de productos a transportar. En caso de que no estén expresamente mencionados en las listas de substancias y materiales peligrosos, debe utilizarse el rubro ʺgenéricoʺ que contenga la indicación de ʺno especificados(as) en otra parteʺ (N.E.P.), y se clasificará conforme a las definiciones y criterios de prueba de las clases de riesgo, utilizando, entre los nombres que figuran en las listas de la NOM-002-SCT/2011, el que más adecuadamente la describa

-En el caso de autotanques, constancia de cumplimiento de la NOM-020-SCT2/1995

-Para el caso de remolques y semirremolques fabricados o importados de año modelo 2010 en adelante presentar la constancia de cumplimiento de la NOM-035-SCT-2-2010 o la que la sustituya, emitida por el fabricante

-Para los tractocamiones que se utilicen en configuraciones doblemente articulados y requieran que la tarjeta de circulación les permita aplicar el beneficio sobre el máximo peso bruto vehicular autorizado, deberán presentar el documento que acredite el cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2014 o la que la sustituya

Costos         

Monto Motriz (Presencial) $4,858.00 mxn

Motriz (Electrónico) $3,705.00 mxn

¿Cómo se debe transportar todo tipo de materiales peligrosos?

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El usuario es responsable de estibar, empacar y sujetar la carga.

En el caso del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal se establece que la carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta en forma que no se ponga en peligro la integridad física de las personas ni se causen daños materiales a propiedades de terceros. El sistema de sujeción de la carga deberá soportar las fuerzas que resulten de someter al vehículo, por separado, a cada uno de los niveles de aceleración y desaceleración, según señala el documento.

En este caso el usuario es responsable de estibar, empacar y sujetar la carga de tal manera que ésta se mantenga estable y sin movimiento durante su transporte, por sí mismo o a través de un tercero. A la par, el transportista es responsable de contar con el vehículo equipado para sujetar la carga, emplear operadores capacitados conforme a un programa que asegure que tienen los conocimientos de sujeción de la carga aplicables al producto que transportan.

El transporte de sustancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas) en cantidades exceptuadas y consumo final deberá realizarse en función de la clase y división de peligro a la que pertenezca y de la cantidad a transportar

Recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023 que reemplaza a la NOM-043-SCT/2003 y la cual fija los lineamientos sobre los documentos de transporte para asegurar la identificación y manejo adecuado de materiales peligrosos. Uno de los principales cambios es que el responsable de llenar el formato con las características del elemento o material peligroso que se está transportando es de quien solicita el servicio y ya no del transportista. Esto genera mayor certidumbre respecto a lo que se está trasladando. Se espera que la aplicación de esta Norma se presente a finales de este año.

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