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Senadores buscan revisar el tema de descansos obligatorios a Operadores

El Senado de la República analiza una reforma que busca revertir las altas cifras de accidentes y muertes en las carreteras federales y autopistas del país, mediante el establecimiento de horarios de descanso obligatorio para los Operadores.

Un informe de la Guardia Nacional (GN) destacó que 2020 el autotransporte federal y privado se vio involucrado en 3,446 hechos de tránsito en las carreteras en México, en donde destacó la configuración de camión articulado.

El senador por Morena, Elí César Cervantes, dijo que la reforma busca reducir los accidentes viales provocados por autotransporte federal y propuso modificar dos leyes para establecer con claridad el descanso obligado de los conductores conforme a lo establecido en las Normas Oficiales.

“Los accidentes en carreteras de jurisdicción federal ha ido en aumento y una de sus principales causas se origina por los excesivos tiempos de conducción que se ven obligados a cumplir los conductores del servicio de auto transporte federal, son miles de kilómetros sin parar que por la fatiga ocasionan accidentes que en algunas ocasiones terminan con la vida de personas porque no identifican situaciones de riesgo o no tienen los mismos reflejos para evitar el peligro. No debemos permitir que estos acontecimientos sigan ocurriendo”, destacó.

Tan sólo en el año 2021, de acuerdo con el INEGI, ocurrieron 13 mil 891 accidentes por camiones de carga, y 10 mil 595 por tráilers con y sin remolque. Más de mil casos en comparación con los ocurridos un año antes.

Explicó que un caso en este año en donde un conductor del servicio de autotransporte federal se quedó dormido ocurrió en agosto de 2022, carretera federal 1110 en el tramo carretero Abasolo – Pénjamo, perdió el control del volante, volcó y se destrozó el vehículo. Uno más ocurrió en Julio 2022 en la autopista Puebla-Orizaba, tramo Esperanza- Acatzingo, donde murió el chofer del tráiler debido a que se habría quedado dormido.

Cervantes Rojas argumentó que si bien es cierto que esto ya se encuentra regulado en la NOM-087-SCT-2-2017, (la cual indica los tiempos de operador y pausa para los conductores del Servicio de Autotransporte Federal y Transporte Privado, con la finalidad de reducir la incidencia de accidentabilidad), es necesario reforzar los ordenamientos correspondientes, con la finalidad de reducir este tipo de siniestros ocasionados por los factores humanos.

Por ello, en la iniciativa de reformas que propone el también integrante de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, considera agregar un párrafo al artículo 37 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal “los conductores del Servicio de Autotransporte Federal tienen el derecho de descansar las horas necesarias conforme a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables”.

En la Ley Federal del Trabajo en el artículo 261 se adiciona una fracción IV para establecer que queda prohibido para los trabajadores conducir más del tiempo del establecido en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. Para los patrones se establece la obligación de garantizar estos tiempos de descanso, en el artículo 263 en el que se adiciona una fracción quinta.

Fuente El Universal

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