ZONACARGA
Autotransporte de cargaÚltimas noticias

Estos son los controles volumétricos obligatorios para el transporte de hidrocarburos

Si te dedicas al servicio de transporte de petróleo, gas natural, condensados, gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo y sus mezclas, estás obligado a llevar controles volumétricos.

Desde el 1 de enero de 2022, las organizaciones involucradas en el manejo de petrolíferos o hidrocarburos, ya sea para consumo propio o venta, deben emitir y entregar reportes de controles volumétricos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

-¿Qué son los controles volumétricos?

Son todos los registros de volumen de entrada, salida y existencias, objeto de las operaciones de los contribuyentes, asociados a las facturas o pedimentos correspondientes a la adquisición, enajenación o servicios que tengan por objeto hidrocarburos y petrolíferos, así como a la determinación del tipo de hidrocarburo o petrolífero del que se trate.

Su objetivo es evitar que se comercialice combustible robado o de contrabando, ya que se le da un seguimiento puntal desde el primer escalón hasta la entrega al usuario final.

-¿Desde cuándo se deben llevar a cabo las nuevas obligaciones?

A partir del 1 de enero de 2022 debes adquirir los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos. Contratar los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

De esta manera, debes obtener los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, del que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina.

-¿Existe alguna prorroga cumplir con las obligaciones en este 2023?

El SAT dio una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2023 para certificar el cumplimiento de controles volumétricos en el rubro de hidrocarburos.

De manera temporal, sólo será suficiente con presentar un certificado de correcto funcionamiento de los equipos y programas informáticos que avale los ejercicios fiscales 2022 y 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023.

La misma Secretaría indicó que se conservar como parte de su contabilidad, las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante para la correcta medición del hidrocarburo o petrolífero de que se trate.

“En caso de que los equipos y sistemas de medición sean o hayan sido sometidos a alguna verificación, se debe conservar la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en materia de medición de hidrocarburos y petrolíferos”.

-Si soy un sujeto obligado a llevar controles volumétricos por las actividades que realizo, a partir del 1 de agosto de 2019, ¿debo incorporar el complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos” a los CFDI que expida por dichas actividades?

El complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos” a que se refiere la regla 2.7.1.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal es de uso obligatorio pasados treinta días naturales contados a partir de su publicación en el Portal del SAT, en términos de la regla 2.7.1.8. de la citada Resolución.

-¿Quiénes están obligados a enviar los reportes de controles volumétricos?

Aquellas personas que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, incluyendo almacenamiento y transporte para usos propios, distribuyan o enajenen cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero.

Así como aquellos que deseen continuar con la facilidad de emitir un CFDI global, deben enviar a través del Portal del SAT.

– ¿Cómo se firman digitalmente los reportes de controles volumétricos?

El firmado de los reportes lo realizas con tu e.firma (firma electrónica) en el Portal del SAT al momento de enviar dichos archivos.

-¿Debo adquirir de un proveedor el programa informático para llevar controles volumétricos?

Puedes adquirir de un proveedor o desarrollar por tu cuenta el programa informático para llevar controles volumétricos.

¿En dónde debo enviar el dictamen que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina?

En el Portal del SAT, en el apartado Otros trámites, Controles volumétricos.

¿En dónde debo enviar el certificado de la correcta o incorrecta operación y funcionamiento de los equipos para llevar controles volumétricos?

En el Portal del SAT, en el apartado Otros trámites, Controles volumétricos.

Posteriormente ingresa al apartado Enviar, Seleccione archivo, Certificado y Adjunta Archivo: elige Buscar y selecciona el documento digitalizado en formato PDF con su carátula en formato XML o JSON y compreso en formato .zip que contiene el Certificado y elige Cargar.

Da clic en el botón Agregar, posteriormente en el botón Enviar y después Firmar, captura tu e.firma y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

Finalmente, en el apartado Consultas puedes ver el folio del trámite para obtener el Acuse de aceptación o el Acuse de rechazo, en caso de que tu archivo sea rechazado, mismo que podrás presentar de nuevo.

-¿En qué formato debo enviar el certificado?

Debes enviar el archivo digitalizado en formato PDF acompañado de su archivo en formato XML o JSON, comprimidos en formato de almacenamiento ZIP.

El formato del certificado lo obtienes en el Portal del SAT, en el apartado Otros trámites, Controles volumétricos, Presenta aviso de certificado, dictamen, de equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, en https://www.sat.gob.mx/tramites/36715/presenta-aviso, el cual se encuentra en el apartado de Contenidos Relacionados, como “Certificado Anexo 31”.

-¿Cómo debo nombrar los archivos del certificado?

El certificado en PDF y en XML o JSON deben nombrarse conforme lo siguiente: iniciar con el prefijo CE seguido de un guion medio y de la clave en el RFC del contribuyente que lo envía.

A continuación un guion bajo, después la clave en el RFC del proveedor o perito que emite el certificado, seguido de cinco números únicos y consecutivos que correspondan al orden cronológico de emisión del certificado en el año, seguidos de cuatro números que correspondan al año de emisión del mismo, por ejemplo: CE-GPA200101NL1_EVA9612104R6000252021.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *