¿Trampa o permiso? Volaris opera aviones extranjeros bajo esquema de “arrendamiento húmedo”

La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), confirmó que Volaris cuenta con autorización oficial para utilizar aeronaves y tripulación extranjera bajo la figura de arrendamiento húmedo, un mecanismo permitido únicamente para operaciones temporales y excepcionales.
De acuerdo con la autoridad aeronáutica, este procedimiento está plenamente respaldado en el artículo 83 Bis del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, así como en el artículo 45 de la Ley de Aviación Civil y la Circulación Obligatoria CO AV-08.3/20, por lo que su aplicación —insiste AFAC— se encuentra dentro del marco normativo nacional e internacional.
La aclaración llega después de que la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) acusara que dicha autorización violaba la legislación vigente y contravenía el principio constitucional que obliga a que los aviones mexicanos sean tripulados únicamente por pilotos nacidos en México. ASPA sostuvo que permitir tripulaciones extranjeras abre la puerta a prácticas de cabotaje disfrazado y vulnera derechos laborales.
Sin embargo, la AFAC respondió de manera contundente: la medida no constituye cabotaje, pues las operaciones se realizarán bajo el Código AOC de una aerolínea mexicana, con aeronaves autorizadas y sin participación de explotadores extranjeros en rutas nacionales. La decisión —señala la autoridad— se tomó para garantizar la conectividad aérea del país, asegurar la continuidad del servicio y proteger a los usuarios ante la alta demanda y la necesidad operativa de la aerolínea.
La dependencia además subrayó que este mecanismo es temporal, supervisado y excepcional, y que no representa una apertura del mercado doméstico a aerolíneas foráneas, sino una herramienta prevista en la regulación internacional para atender contingencias operativas.



