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SCT prepara NOM 015 para regular la estiba y sujeción de la carga

Con la finalidad de garantizar la seguridad en las carreteras y puentes federales por donde circulan vehículos de autotransporte con carga, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer el proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) que establece las condiciones de estiba y sujeción en que debe ser conducida. 


El proyecto normativo, PROY-NOM-015-SCT2/2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y rubricado por el subsecretario de Transporte y presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Carlos Alfonso Morán Moguel, destaca también los intervalos de revisión que se deben aplicar para evitar el movimiento y/o caída de la carga. 

Entre sus considerandos, cita el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal que, entre otras disposiciones, establece que “La carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta en forma que no se ponga en peligro la integridad de las personas ni se causen daños materiales a propiedades de terceros”.

 
Que la determinación de si la carga no está bien sujeta, al no existir un documento normativo oficial, queda a criterio de quien haga una verificación en carretera y deja por tanto en indefensión al conductor del vehículo, inclusive cuando la observación de la autoridad sea técnicamente correcta. 

Y aunque hay normativas vigentes (como la NMX-D314-IMNC-2014), no establecen funciones de obligatoriedad que deban cumplir las personas y empresas, por lo que se estima necesario la emisión de la Norma Oficial Mexicana, de tal forma que toda la carga que sea transportada sea sujeta de forma adecuada y se prevengan accidentes por la caída de la misma, o por cambios de posición durante su transporte. 


Ante ello, se ordena la publicación del “PROY-NOM-015-SCT2/2021, Condiciones de seguridad en la estiba y sujeción de la carga, que deben cumplir los vehículos de autotransporte que circulan en las carreteras y puentes de jurisdicción federal, así como los intervalos de revisión, que deben aplicar para evitar el movimiento y/o caída de la carga”. 


En un plazo de 60 días naturales, contados a partir de la publicación del proyecto de Norma en el DOF, los interesados podrán presentar sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, resalta.

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