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SCJN elimina prisión preventiva oficiosa para diversos delitos ¿incluye al robo de carga?

Se estima que cada hora 1.5 camiones son robados en las carreteras de México, provocando pérdidas diarias de casi 17 millones de pesos para las empresas de transporte.

Ante ello, la figura de prisión preventiva oficiosa para el robo de transporte de carga (en cualquier modalidad) entró en vigor en febrero de 2021. Cabe recordar que el robo de carga se considera como delito federal desde diciembre de 2017.

Sin embargo, desde hace algunas semanas se debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) sobre la constitucionalidad y apego a tratados internacionales de la prisión preventiva oficiosa prevista en el artículo 19 constitucional.

Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la prisión preventiva oficiosa genera escenarios de vulnerabilidad y riesgos de violación de derechos humanos.

“Impide que el Ministerio Público cumpla con su obligación de investigar cabalmente caso por caso y que éstos sean sometidos a un detallado análisis judicial”, señala.

Eliminan prisión preventiva oficiosa para diversos delitos
Tras intensos debates, el 24 de noviembre pasado, los magistrados SCJN aprobaron eliminar la prisión preventiva oficiosa para diversos delitos fiscales.

Por ejemplo, se determinó eliminar la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando y defraudación fiscal simple, además para quienes incurran en evasión fiscal organizada y simulación de operaciones de facturas.

No obstante, la prisión preventiva automática SE SEGUIRÁ aplicando al catálogo de delitos que abarcaba el Código Nacional de Procedimientos Penales, entre los que se encuentran el robo al transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades.

De esta manera, la pretensión de una mayoría de ministros para eliminar de forma definitiva la aplicación de la prisión preventiva oficiosa mediante una nueva interpretación del artículo 19 de la Constitución Mexicana quedó descartada.

Ante tal situación, representantes del sector del transporte consideraron fundamental la permanencia de la prisión preventiva oficiosa para impedir la sustracción de la justicia de los presuntos delincuentes.

La Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR) y la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (CONATRAM), entre otros, señalan que esta figura elimina cualquier oportunidad de fuga de los acusados.

“Además protege a las víctimas y a sus familias de los agresores, evita la reincidencia del delincuente y la comisión de otros delitos contra la sociedad, entre otros”, señalan.

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