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Por estas razones te pueden multar y hasta arrestar en carreteras

Para garantizar un viaje sin contratiempos, debes respetar cada uno de los 233 artículos que rigen las carreteras de nuestro país. 

Seguramente conoces los más básicos, sin embargo hay algunos que no debes dejar pasar para evitar llevarte una sorpresa mientras conduces, los cuales aquí te exponemos.

LAS MULTAS

  • Cuida tus costados. Si tu coche no tiene los dos retrovisores o son muy pequeños, te multarán con 1,738 pesos según el artículo 47.
  • Punto muerto. 1,738 pesos es la multa por bajar una pendiente con la caja de velocidades en neutral o con el embrague oprimido, según el artículo 140.
  • Escándalo. Según el artículo 46 te sancionarán con 4,344 pesos si tu auto no tiene un silenciador de escape, si utilizas válvulas para hacer más fuerte el sonido, no tener ajustado el motor y por emitir humo excesivo.
  • Suena. Si el claxon no sirve o no se escucha por lo menos a 60 metros o bien suena muy fuerte, te multarán con 869 pesos según el artículo 45.
  • No lo olvides. Si te quedas sin gasolina en medio de la carretera, serás sancionado con 1,738 pesos y si a esto le sumas que si lo dejas por más de 24 horas abandonado, será remolcado al corralón más cercano y pagarás el arrastre y resguardo de acuerdo con el artículo 82.
  • Llena el tanque. En caso de que cargues gasolina con el motor en marcha serás multado con 2,172 pesos de acuerdo con el artículo 73.
  • Despierta. Por viajar con signos evidentes de cansancio te pueden multar con 4,344 pesos según el artículo 91.
  • No lo uses. No puedes manejar con cubreasientos, de lo contrario te sancionarán con 1,738 pesos de acurdo con el artículo 95.
  • No lo hagas. Empujar un vehículo con la defensa de otro o interponiendo un objeto entre ellos será sancionado con 4,344 pesos según el artículo 158.
  • Deja pasar. Por acelerar mientras otro auto está rebasando te multarán con 1,738 pesos según el artículo 146.
  • Limpio. Por salir a carretera sin parabrisas o ventanas, o que estén sucias o rotas, así como sin los limpiaparabrisas en buen estado serás multado con 2,607 pesos según el artículo 48.
  • No juegues. 1,303 pesos de multa se impone a quienes vayan jugando con el claxon o las luces mientras circulan en carretera.
  • Sin presionar. El artículo 102 dicta que serás multado con 4,779 pesos por no respetar la distancia de seguridad con el auto de enfrente.
  • Ayuda. Si en un accidente donde participes pudieras  apoyas a los lesionados y no lo haces serás multado con 5,213 pesos.
  • Nadie a bordo. Cuando tu coche sea remolcado o transportado por una grúa no debe viajar nadie en él, pues podrán sancionarte con 5,213 pesos, según el artículo 74.
  • Vas lento. Por circular a una velocidad muy baja, que sea peligrosa para el tránsito serás multado con 1,303 pesos según el artículo 137.
  • Sujétalo bien. Si se te cae el equipaje o carga mientras transitas serás sancionado con 5,213 pesos de acuerdo al artículo 75.

TE ARRESTARÁN

Los policías de la Guardia Nacional podrán detenerte por:

  • Negarte a entregar el original de la licencia para conducir y tarjeta de circulación.
  • Resistirte injustificadamente a la imposición de la sanción por la infracción cometida.
  • No esperar la entrega de la boleta de infracción o destruirla
  • Realizar amenazas, insultos o agresiones a la autoridad o personal de emergencia.

4 comentarios

  1. me multaron porque llevaba a 3 personas y les cobre para transportarlos de Xalapa a mexica por medio de la aplicación bla bla car.

  2. Me estacione en el aeropuerto y no me
    Avisaron que me
    Moviera llego por mi licencia y tarjeta de circulación directo para infraccionarme
    Que tal

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