CargaInternacionalLogísticaTransporte MarítimoÚltimas noticias

Ley de navegación y comercios marítimos complica transbordos

Por lo menos cinco navieras extranjeras han tenido que tramitar permisos de navegación adicionales a los que normalmente requieren como resultado de una laguna legal que la autoridad comenzó a explotar a su favor en 2014.
Manuel Vázquez, socio del despacho M&L Estudio Legal, explicó que las autoridades aduaneras ahora exigen a estas empresas un permiso de navegación para la carga de transbordo, es decir, la que viene del extranjero y se desembarca en un puerto mexicano y luego se coloca en otra embarcación, que la llevará a un tercer país.

Con base en la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, que entró en vigor desde septiembre de 2006, la autoridad argumenta que transportar la carga mientras se viaja entre dos puertos mexicanos es cabotaje.

Sin embargo, Vázquez asegura que esta apreciación es incorrecta, porque, aunque la carga efectivamente pasa por dos puertos mexicanos, no tiene su origen en uno y el destino en otro.

Lo común, ejemplificó, es que un barco proveniente de Europa pase primero al puerto de Mobile, Alabama, después llegue a Altamira y posteriormente a Veracruz.

La mercancía que deja en este último puerto posteriormente se carga en otra embarcación que puede dirigirse a Sudamérica o al Caribe.

Vázquez detalló que esta práctica se presenta únicamente en los puertos del Golfo de México, mientras que las navieras con rutas desde Asia -que son prácticamente las mismas- no han reportado problemas para operar en puertos del Pacífico, como Ensenada, Manzanillo o Lázaro Cárdenas.

El problema, agregó, no es que el costo de obtener los permisos sea demasiado alto, sino que resulta inconveniente hacerlo cada tres meses, cuando antes no se hacía.

Con la entrada en vigor de esta ley, en 2006, desapareció el concepto de “tráfico mixto”, que se refería a aquella mercancía que viajaba entre dos puertos mexicanos, pero que tenía su punto de origen o destino fuera del País.

Sin embargo, esta laguna legal no había provocado ningún problema hasta 2014.

Para Vázquez, la actuación de la autoridad es inadecuada, puesto que ahuyenta a las compañías que mueven mercancía a través de los puertos mexicanos, las cuales generan ingresos para el País.

Hasta el momento, las navieras no han iniciado ninguna acción legal contra esta medida ni la autoridad ha tratado de imponer multa alguna.

En caso que lo hiciera, el monto puede ir de los 50 hasta los 10 mil días de salario mínimo, de acuerdo con la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, y entonces, las navieras podrían emprender acciones legales para frenar la medida.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *