SCT regula uso de drones
Ante el creciente uso de aeronaves no tripuladas, conocidas como drones, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) actualizó y fortaleció los criterios que regulan su operación.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT establece en una circular que sin importar el peso de este tipo de aeronaves, llamadas RPAS (Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia) éstas sólo pueden operar durante el día y en áreas que no sean clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas.
Asimismo, su uso se limita a al menos 9.2 kilómetros de distancia de aeropuertos controlados, a 3.7 kilómetros de aeródromos no controlados, y a 900 metros de helipuertos.
La autoridad distingue tres tipos de drones de acuerdo con su peso: de hasta 2 kilogramos, de 2 a 25 kilogramos y de más de 25 kilogramos.
Los drones que tengan un peso máximo de 2 kilogramos podrán volar sin necesidad de una autorización de la DGAC, aunque si su uso es con fines comerciales, debe cumplir con ciertas condiciones, incluyendo un seguro de daños a terceros.
Las aeronaves que pesen de 2 a 25 kilogramos sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo cuando su uso es recreativo.
Para los drones de más de 25 kilogramos se establecen medidas aún más estrictas, ya que sólo pueden en términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que se debe contar con una licencia de piloto para poder operarlos.
La circular completa sobre el uso de drones se puede consultar AQUÍ.
Fuente El Financiero