
Desde este 24 de abril de 2026, la facturación de gasolina y diésel entra en una nueva etapa fiscal. Los CFDI expedidos por estaciones de servicio y distribuidores deben incluir el Complemento Concepto para la Facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos. Aunque la obligación recae directamente en quienes venden combustible, el autotransporte queda metido hasta el cofre.
¿Por qué? Porque si una empresa transportista recibe facturas mal emitidas, puede enfrentar problemas para deducir el diésel o acreditar impuestos. En un negocio donde cada litro cuenta, un error fiscal puede convertirse en una fuga seria de rentabilidad.
El cambio obliga a las flotas a revisar con lupa a sus proveedores de combustible. Ya no basta con comprar barato; ahora hay que comprar bien facturado. Las empresas deberán verificar que sus estaciones tengan permisos vigentes, sistemas actualizados y CFDI correctamente emitidos.
Este tema puede parecer contable, pero es profundamente operativo. Una mala factura puede pegar en flujo de efectivo, auditorías y costos fiscales. En pocas palabras: el diésel ya no solo se mide por litro, también por XML. Bienvenidos al romanticismo fiscal mexicano.



